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Ley Vigente

Artículo 194. Proyectos de delimitación de unidades de actuación.

Artículo 194 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4790

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-06.

Texto consolidado

1. Los proyectos de delimitación de unidades de actuación tienen por objeto la determinación de los límites de las unidades de actuación cuando no vengan establecidas en el planeamiento o para su modificación o reajuste, conforme a los criterios señalados en esta ley.

2. El proyecto deberá contener los documentos y planos, a escala adecuada, necesarios para definir su objeto, justificando el cumplimiento de lo señalado para las unidades de actuación en esta ley.

3. Los proyectos de delimitación de unidades de actuación serán elaborados por los propietarios, por el urbanizador o de oficio por la Administración actuante, según proceda.

4. La tramitación de los proyectos de delimitación de unidades de actuación se sujetará al procedimiento regulado en el artículo 166 de esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-06.

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