Artículo 19. Autoridad notificante.
Artículo 19 del Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión. · BOE-A-2015-9527
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-07-19.
Texto consolidado
Se designa como autoridad notificante al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que será responsable del establecimiento y la aplicación de los procedimientos necesarios para la evaluación, notificación y seguimiento de los organismos de control y de las entidades independientes, teniendo en cuenta también el cumplimiento del artículo 22, sobre las filiales y la subcontratación.
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