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Real Decreto Vigente

Artículo 19. Clases y tipos de billetes de entrada.

Artículo 19 del Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. · BOE-A-2010-3904

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-01.

Texto consolidado

Los billetes de entrada podrán ser de las siguientes clases y tipos:

a) Clases: Se clasificarán en función de la naturaleza de las localidades y de su ubicación en el recinto deportivo. Las distintas clases de localidades y su ubicación deberán reflejarse en un plano del recinto deportivo, el cual deberá estar expuesto públicamente de forma permanente en las taquillas instaladas en el propio recinto.

b) Tipos: Se clasificarán en función del precio, para cada una de las clases, en:

1.º Ordinarios, sin especialidad alguna.

2.º Reducidos, con un precio inferior al ordinario de los billetes de entrada para la misma clase de localidades y que será ofertado a personas que pertenezcan a grupos o colectivos sociales, previamente determinados por el organizador.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-07-01.

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