Artículo 19. Funciones del Consejo de Investigación.
Artículo 19 del Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA). · BOE-A-2000-21832
Atención: Real Decreto 1951/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Consejo de Investigación tendrá la función de asesorar al Director general del INIA, en todas las cuestiones relativas a las actividades de investigación y desarrollo realizadas en las unidades de investigación propias del organismo, elaborar las propuestas procedentes y aprobar el informe anual de actividades de la Subdirección General de Investigación y Tecnología.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-9105.