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Real Decreto Derogada

Artículo 19. Incumplimiento.

Artículo 19 del Real Decreto 1839/1997, de 5 de diciembre, por el que se establecen normas para la realización de transferencias y cesiones de derechos a prima y para el acceso a las reservas nacionales respecto a los productores de ovino y caprino y de los que mantienen vacas nodrizas. · BOE-A-1997-27400

Atención: Real Decreto 1839/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La falsedad de los datos consignados en las comunicaciones de transferencias o cesiones y en las solicitudes de asignación de derechos procedentes de las reservas nacionales o en la documentación aportada dejará sin efecto la transferencia o cesión de que se trate o dará lugar a la anulación de la asignación de derechos de las reservas correspondientes y será sancionada, de acuerdo con la normativa vigente, sin perjuicio de las responsabilidades de todo orden que pudieran derivarse.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-01-01.

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