Artículo 19. Plazo de presentación de la solicitud.
Artículo 19 del Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones. · BOE-A-2003-23510
Atención: Real Decreto 1497/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El representante o representantes de la federación, confederación y unión de asociaciones, o de la entidad asociativa que pertenezca a una entidad internacional, en el plazo de un mes desde que se haya adoptado el acuerdo, en la forma que se haya establecido estatutariamente, de incorporación o separación de una o varias asociaciones a la entidad federativa, o de su pertenencia a entidad internacional, dirigirá la solicitud de inscripción o separación al Registro Nacional de Asociaciones.
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