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Real Decreto Vigente

Artículo 19. Certificación de equipos.

Artículo 19 del Real Decreto 136/1997, de 31 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Técnico y de Prestación de Servicio de Telecomunicaciones por Satélite. · BOE-A-1997-1957

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-02-02.

Texto consolidado

Los equipos utilizados en las estaciones terrenas de telecomunicaciones por satélite deberán estar en posesión del correspondiente certificado de aceptación, según lo dispuesto en el Reglamento por el que se establece el procedimiento de certificación de los equipos de telecomunicación a que se refiere el artículo 29 de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 1787/1996, de 19 de julio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-02-02.

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