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Real Decreto Vigente

Artículo 19. Juntas Generales extraordinarias.

Artículo 19 del Real Decreto 1332/2000, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y de su Consejo General. · BOE-A-2000-13866

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-23.

Texto consolidado

La Junta General se reunirá con carácter extraordinario, previa convocatoria decidida por la de Gobierno, a iniciativa de ésta o del número de colegiados que fijen los Estatutos de cada Colegio. Igualmente, será presidida por el Decano del Colegio y actuará de Secretario el que lo sea también de éste, quién levantará acta de la reunión.

En los Estatutos de cada Colegio se establecerán las sustituciones por suplencia del Decano y del Secretario, en caso de que sea necesario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-07-23.

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