Artículo 19 quater. Naturaleza.
Artículo 19 quater de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears. · BOE-A-2013-9129
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-24.
Texto consolidado
1. La Comisión de Ética y Transparencia en la Actividad Policial de las Illes Balears es el órgano de carácter consultivo en materia de ética, transparencia y deontología con la finalidad de contribuir a mejorar la calidad del servicio policial y constituir un espacio de reflexión para el debate ético en el campo de la seguridad pública.
2. La Comisión de Ética y Transparencia en la Actividad Policial de las Illes Balears se adscribe al departamento del Gobierno de las Illes Balears competente en materia de policía local, que asignará los medios personales y materiales necesarios para asegurar su funcionamiento.