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Orden Vigente

Artículo 19. Forma de remisión de la información y condiciones relativas a la modificación de las condiciones del contrato marco.

Artículo 19 de la Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. · BOE-A-2019-18677

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-01.

Texto consolidado

El proveedor de servicios de pago deberá proponer cualquier modificación de las condiciones contractuales y de la información y las condiciones especificadas en el artículo 14, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre. Dicha notificación se remitirá al usuario de servicios de pago de modo idéntico al estipulado en el artículo 13.1.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-01.

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