Artículo 19. Actas de las sesiones.
Artículo 19 de la Orden APM/111/2018, de 25 de enero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Cava". · BOE-A-2018-1853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-11.
Texto consolidado
1. El Secretario General del Consejo Regulador, o quien le sustituya, levantará el acta correspondiente de las sesiones del Pleno. Dicha acta deberá ser aprobada al final de cada sesión o, en su caso, en la siguiente sesión que celebre el Pleno.
2. Una vez aprobada, el acta será firmada por el Presidente y el Secretario de la sesión correspondiente.