Artículo 19. Vigencia.
Artículo 19 de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra. · BOE-A-2006-844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-29.
Texto consolidado
Los cotos de caza se extinguirán a los diez años desde su constitución, sin necesidad de declaración expresa.