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Ley Foral Derogada

Artículo 19. Derecho a la información.

Artículo 19 de la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia. · BOE-A-2006-1

Atención: Ley Foral 15/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las Administraciones Públicas de Navarra facilitarán el acceso de los menores a los servicios de información, documentación, bibliotecas y demás servicios culturales.

2. Las Administraciones Públicas de Navarra procurarán que todos los medios de comunicación social dediquen a los menores una especial atención educativa y colaborarán para que los menores no tengan acceso mediante las telecomunicaciones a servicios que puedan dañar su desarrollo.

3. Las Administraciones Públicas de Navarra velarán para que los menores no puedan ser utilizados en anuncios publicitarios divulgados en el territorio de la Comunidad Foral que promocionen actividades prohibidas a los menores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-03.

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