Artículo 19. Convenios tipo.
Artículo 19 de la Ley 8/2025, de 30 de julio, del Estatuto de los municipios rurales. · BOE-A-2025-16833
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-20.
Texto consolidado
El departamento competente en materia de cooperación local, en colaboración con los entes supramunicipales a los que pertenezcan los municipios rurales, debe establecer convenios tipo de colaboración, gestión compartida, cooperación y coordinación interadministrativa con los municipios rurales.