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Ley Vigente

Artículo 19. Composición.

Artículo 19 de la Ley 7/2023, de 10 de marzo, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2023-8710

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-14.

Texto consolidado

La Comisión Regional de Atención a la Infancia estará integrada por los siguientes miembros:

a) La persona titular de la dirección general competente en materia de infancia y familia, que la presidirá, ostentará su representación y autorizará con su firma los acuerdos adoptados.

b) La persona titular de la jefatura del servicio competente en materia de atención a la infancia.

c) La persona o personas titulares de la coordinación y en su defecto, jefaturas de sección competentes en materia de protección, adopción y conflicto, que serán convocadas por quien presida la Comisión en función de los temas a tratar.

d) Un funcionario o funcionaria de la asesoría jurídica de la consejería competente en materia de servicios sociales.

e) Un funcionario o funcionaria del servicio competente en materia de atención a la infancia, que ejercerá la Secretaría de la Comisión, con voz, pero sin voto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-14.

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