Artículo 19. Medidas específicas.
Artículo 19 de la Ley 5/2017, de 10 de febrero, de pesca marítima y acuicultura de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-2424
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-05.
Texto consolidado
Se podrán establecer medidas específicas para la pesca-turismo por razón de protección y conservación de los recursos pesqueros.