Artículo 19. Nombramientos de carácter eventual.
Artículo 19 de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud. · BORM-s-2001-90010
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-22.
Texto consolidado
1. El nombramiento de carácter eventual se expedirá en los siguientes casos:
a) Cuando se trate de la prestación de servicios determinados de naturaleza temporal, coyuntural o extraordinaria.
b) Cuando sea necesario para la cobertura de la atención continuada.
2. Se acordará el cese del personal eventual cuando concurra alguna de las siguientes causas:
a) Por la extinción de la causa que determinó el nombramiento.
b) Por expiración del plazo establecido en el nombramiento.
c) Por desaparición de las funciones que motivaron el nombramiento.