Artículo 19. Características jurídicas de los montes patrimoniales.
Artículo 19 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. · BOE-A-2003-21339
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-21.
Texto consolidado
1. La usucapión o prescripción adquisitiva de los montes patrimoniales sólo se dará mediante la posesión en concepto de dueño, pública, pacífica y no interrumpida durante 30 años.
2. Se entenderá interrumpida la posesión a efectos de la prescripción por la realización de aprovechamientos forestales, por la iniciación de expedientes sancionadores o por cualquier acto posesorio realizado por la administración titular o gestora del monte.#aunico.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes..