Artículo 19. Objetivos.
Artículo 19 de la Ley 4/2020, de 10 de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-12769
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-09.
Texto consolidado
Los objetivos del Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación serán, entre otros, los siguientes:
a) El progreso del conocimiento y el avance del desarrollo científico y tecnológico y de la innovación.
b) La articulación de un sistema racional y sostenible de desarrollo científico y tecnológico.
c) La consolidación de una estructura investigadora de excelencia, mediante la creación y promoción de infraestructuras estables de investigación.
d) La formación del nuevo personal investigador y la actualización permanente del citado personal de investigación en activo.
e) El desarrollo de la I+D+i empresarial con objeto de aumentar el grado tecnológico de los procesos productivos y la competitividad.
f) El incremento de la productividad y la competitividad de las empresas regionales.
g) La promoción de las uniones estratégicas estables.
h) El fomento de la adquisición de tecnología innovadora con el objeto de incrementar la competitividad y la modernización del tejido empresarial regional.
i) El apoyo a las nuevas oportunidades de negocio con alto contenido en I+D+i.
j) La promoción de la cultura científica.