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Ley Vigente

Artículo 19. El Gobierno de La Rioja.

Artículo 19 de la Ley 4/2002, de 1 de julio, de Cooperación para el Desarrollo. · BOE-A-2002-14082

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-05.

Texto consolidado

1. El Gobierno de La Rioja define y dirige la política riojana de cooperación para el desarrollo y realiza cooperación directa.

2. A propuesta de la Consejería competente en materia de cooperación para el desarrollo, al Gobierno de La Rioja le corresponde:

a) Remitir al Parlamento de La Rioja el Plan Director de Cooperación para su aprobación definitiva.

b) Aprobar el Plan Anual de Cooperación para el Desarrollo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-05.

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