Artículo 20. La Consejería competente en materia de cooperación.
Artículo 20 de la Ley 4/2002, de 1 de julio, de Cooperación para el Desarrollo. · BOE-A-2002-14082
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-05.
Texto consolidado
1. La Consejería competente en materia de cooperación redacta el Plan Director de Cooperación de La Rioja y el Plan Anual, los traslada al Consejo Regional para su informe y los eleva al Gobierno para su tramitación.
2. Ejecuta la política de cooperación para el desarrollo y la dirección de la coordinación con el Estado y otras Instituciones en esta materia.
3. Proporciona asesoramiento técnico en materia de cooperación para el desarrollo tanto al Gobierno Regional como al resto de agentes de cooperación.