Artículo 19.
Artículo 19 de la Ley 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares. · BOE-A-1987-11091
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-21.
Texto consolidado
El Consejo Escolar de Canarias funcionará en Pleno, en Comisión Permanente y en Comisiones específicas.