Artículo 19. Plan de ahorro de agua.
Artículo 19 de la Ley 30/1998, de 29 de julio, del Régimen Especial de las Illes Balears. · BOE-A-1998-18269
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-31.
Texto consolidado
En el marco de sus respectivas competencias el Gobierno del Estado y el Gobierno de las Illes Balears elaborarán conjuntamente un plan de optimización y ahorro de consumo de agua, que se aplicará a la industria, al sector terciario, a la agricultura y al consumo humano.