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Ley Vigente

Artículo 19. Interés general por razones demográficas.

Artículo 19 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura. · BOE-A-2022-5853

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-22.

Texto consolidado

1. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente, podrá declarar motivadamente la declaración de interés general, que llevará implícita la declaración de interés social, a los efectos señalados en la normativa reguladora de la expropiación forzosa, para aquellos proyectos o actuaciones que puedan generar una significativa incidencia positiva en las zonas más vulnerables al fenómeno demográfico.

2. El Consejo de Gobierno podrá incorporar a la declaración de interés general, en función de las circunstancias concurrentes en cada caso, otros efectos adicionales al indicado en el apartado anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-22.

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