Artículo 19.
Artículo 19 de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, de Creación del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2000-12607
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-06-02.
Texto consolidado
El presupuesto y la contabilidad del Ente Público, así como, de cada una de sus empresas públicas y filiales se ajustará a lo previsto en la Ley 6/1997, de 10 de julio, de Hacienda de Castilla-La Mancha y a las instrucciones que al respecto dicte la Consejería de Economía y Hacienda.