El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 19.

Artículo 19 de la Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-1993-1775

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-09-03.

Texto consolidado

Durante la sustanciación de los expedientes de deslinde, la Administración podrá adoptar las medidas provisionales que se estimen oportunas para salvaguardar la efectividad del acto administrativo que en su día se genere. Dichas medidas se comunicarán al Registro de la Propiedad cuando proceda, a efectos de las oportunas anotaciones o inscripciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-09-03.

Más artículos de Ley 3/1992

En El Vínculo puedes leer Ley 3/1992 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.