El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 19.

Artículo 19 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León. · BOE-A-1987-9475

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-02.

Texto consolidado

1. El Decreto de convocatoria deberá especificar el número de Procuradores que integrarán las Cortes de Castilla y León, y el que corresponda elegir en cada circunscripción electoral, en aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior.

2. El censo de población de derecho de la Comunidad Autónoma, vigente en la fecha de la convocatoria, servirá de base para determinar los Procuradores que corresponda elegir en cada circunscripción electoral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-04-02.

Más artículos de Ley 3/1987

En El Vínculo puedes leer Ley 3/1987 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.