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Ley Vigente

Artículo 19. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Artículo 19 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010. · BOE-A-2009-20765

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

Texto consolidado

Corresponde a la Ministra de Economía y Hacienda autorizar respecto de los Presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales las siguientes modificaciones presupuestarias:

1. Las transferencias de crédito que afecten a gastos de personal o a los demás créditos presupuestarios que enumera el apartado 2 del artículo 44 de la Ley General Presupuestaria.

2. Las incorporaciones de remanentes reguladas en el artículo 58 de la Ley General Presupuestaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

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