Artículo 19. Adjuntos sectoriales.
Artículo 19 de la Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges. · BOE-A-2010-735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-31.
Texto consolidado
Los adjuntos sectoriales asisten al síndic o síndica de greuges en un ámbito material específico y ejercen las funciones que el síndic o síndica les delegue en ese ámbito de actuación.