Artículo 19. Personas y entidades organizadoras.
Artículo 19 de la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears. · BOE-A-2023-2979
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-29.
Texto consolidado
Pueden ser organizadoras de las actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil las personas jurídicas, públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, así como las personas físicas y las entidades sin personalidad con capacidad de obrar, que cumplan los requisitos establecidos reglamentariamente.