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Ley Vigente

Artículo 19. Notificación y publicación de la declaración.

Artículo 19 de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, del Patrimonio Cultural. · BOE-A-2001-10676

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-19.

Texto consolidado

La declaración como Bien de Interés Cultural de un bien de cualquier naturaleza se notificará a los interesados y a los Ayuntamientos de los concejos donde radica el bien. La declaración se publicará también en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-04-19.

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