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Decreto-ley Vigente

Artículo 19. Vigencia y revocación.

Artículo 19 del Decreto-ley 4/2022, de 12 de abril, por el que se aprueban medidas extraordinarias y urgentes en materia de revisión excepcional de precios en los contratos públicos de obras en desarrollo de las medidas previstas en el Título II del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras, y se crea la marca «Corazón Andaluz» y se regula el procedimiento para su uso. · BOJA-b-2022-90107

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-13.

Texto consolidado

1. El derecho al uso de la marca tendrá carácter indefinido, manteniéndose vigente siempre que tanto las personas físicas o jurídicas como las marcas comerciales y/o productos que la obtuvieron continúen cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 15.

2. Cualquier cambio producido en los requisitos requeridos para el derecho al uso de la marca deberá ser notificado en el plazo máximo de un mes desde que se produzca a la Dirección General de Andalucía Global, quien podrá adoptar las medidas que considere oportunas, de acuerdo con la normativa vigente, a fin de garantizar en todo momento el correcto uso de la marca. Estas mismas medidas podrán adoptarse en el caso de que, a consecuencia de los medios o sistemas de seguimiento, control y verificación establecidos, se detecte el uso incorrecto de la marca.

3. La Dirección General de Andalucía Global podrá resolver la revocación del derecho al uso de la marca en caso de incumplimiento de los requisitos del artículo 15 o reincidencia en el uso incorrecto o indebido de la marca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-04-13.

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