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Decreto Legislativo Derogada 2 redacciones

Artículo 19. Escala de gravamen.

Artículo 19 del Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos. · BOJA-b-2018-90363

Atención: Decreto Legislativo 1/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La cuota íntegra del impuesto regulada en el artículo 30 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del impuesto sobre el patrimonio, se obtendrá aplicando a la base liquidable los tipos que se indican en la siguiente escala:

Base liquidable

Hasta euros

Cuota íntegra

Euros

Resto base liquidable

Hasta euros

Tipo aplicable

Porcentaje

0

0

167.150,00

0,20

167.150,00

334,30

167.100,00

0,30

334.250,00

835,60

334.250,00

0,50

668.500,00

2.506,85

668.500,00

0,90

1.337.000,00

8.523,35

1.337.000,00

1,30

2.674.000,00

25.904,35

2.674.000,00

1,70

5.348.000,00

71.362,35

5.348.000,00

2,10

10.696.000,00

183.670,35

en adelante

2,50

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-797.

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