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Ley Vigente

Artículo 189. Infracciones administrativas en materia de usos agrarios.

Artículo 189 de la Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears. · BOE-A-2019-3911

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-01.

Texto consolidado

1. Son infracciones administrativas relativas a los usos agrarios:

a) La falta de vinculación del edificio, la construcción o la instalación a las actividades agraria y complementaria.

b) El incumplimiento de las medidas protectoras, correctoras y compensatorias que establezca el informe de la administración pública competente en materia ambiental, cuando el edificio, la construcción o la instalación se realicen en un espacio protegido al amparo de la legislación territorial y urbanística.

2. Las infracciones a que se refiere el apartado 1 de este artículo se calificarán como muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-01.

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