Artículo 185. Plazos.
Artículo 185 de la Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja. · BOE-A-2015-4028
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.
Texto consolidado
1. Los procedimientos establecidos en la presente ley deberán ser resueltos y notificados en el plazo de dos meses.
2. Cuando la impugnación se corresponda con materia electoral federativa, los plazos establecidos en el procedimiento arbitral podrán reducirse a la mitad, no será preceptivo el trámite de conclusiones y el plazo de resolución será de un mes.
3. En ambos casos, transcurridos los términos indicados y aunque persista la obligación de dictar resolución expresa, se podrá entender que la impugnación ha sido desestimada, quedando expedita la vía contencioso-administrativa cuando proceda.
4. Los plazos establecidos en días se entenderán siempre referidos para su cómputo a días hábiles.