Artículo 182. Concepto.
Artículo 182 de la Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears. · BOE-A-2019-3911
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-01.
Texto consolidado
1. Cualquier acción u omisión tipificada en esta ley constituye una infracción administrativa en materia agraria.
2. Las disposiciones reglamentarias de desarrollo de esta ley pueden introducir especificaciones o graduaciones en el cuadro de infracciones establecidas legalmente que, sin constituir nuevas infracciones ni alterar la naturaleza o los límites de las que esta ley prevé, contribuyen a la más correcta identificación de las conductas infractoras.