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Real Decreto Vigente

Artículo 18. Información administrativa y atención al ciudadano.

Artículo 18 del Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia. · BOE-A-2008-3646

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-28.

Texto consolidado

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 55.2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, la Comisión Nacional de la Competencia prestará los servicios de información administrativa y atención al ciudadano, así como de gestión de quejas y sugerencias en relación con la defensa de la competencia, con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano, y en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-02-28.

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