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Real Decreto Derogada

Artículo 18. Elección de método de cálculo.

Artículo 18 del Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras. · BOE-A-2008-2823

Atención: Real Decreto 216/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El valor de las exposiciones ponderadas por el riesgo a que se refiere el artículo anterior se calcularán de acuerdo al método estándar contemplado en la sección 1.ª del presente capítulo, o bien, si así lo autoriza el Banco de España, de acuerdo al método basado en calificaciones internas, contemplado en la sección 2.ª del presente capítulo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-02-17.

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