Artículo 18. Pagos de pensiones y otras prestaciones económicas a través de Graduados Sociales y Administradores de Residencias de Pensionistas.
Artículo 18 de la Orden de 22 de febrero de 1996 para la aplicación y desarrollo del Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto. · BOE-A-1996-4581
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-30.
Texto consolidado
(Derogado)
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