Artículo 18. De su supresión.
Artículo 18 de la Orden de 2 de junio de 1999 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Dirección General de la Guardia Civil y el régimen del profesorado de los centros docentes de dicha Dirección General. · BOE-A-1999-12698
Atención: BOE-A-1999-12698 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Cuando el número de profesores agrupados en un Departamento se vea reducido de tal manera que pueda afectar a su eficiencia, el General Jefe de Enseñanza, con los mismos trámites que se señalan en el número 1 del artículo anterior, propondrá su supresión y la integración de sus profesores en aquel otro con el que guarde mayor afinidad científica.
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