Artículo 18. Elección de cargos.
Artículo 18 de la Orden de 19 de enero de 1981 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona. · BOE-A-1981-6568
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-04-07.
Texto consolidado
En el mes de diciembre de cada año se convocará la Junta general extraordinaria para elección de la tercera parte de los cargos.
Los turnos de renovación serán por este orden: primer año, Vicepresidente, Vicesecretario y Bibliotecario; segundo año, Secretario, Censor y Tesorero, y en el tercero, Presidente e Interventor.
Las vacantes que se puedan producir durante el año se cubrirán en la primera sesión de la Junta de Gobierno, pero solamente hasta que corresponda renovar el cargo. La mesa estará constituida por el Académico más antiguo sin función directiva, por el más moderno en las mismas condiciones y por el Secretario.
La elección necesitará el voto de la mitad más uno de los Académicos de número asistentes; si no se alcanzase esta cifra, se repetirá la votación entre quienes hayan obtenido más votos, y si tampoco llegase a ella se hará una tercera votación, de la que saldrá elegido el que obtenga más votos. En caso de empate se preferirá el Académico que tenga más asistencias en el año anterior. Los cargos que vaquen durante el año serán provistos interinamente por la Junta de Gobierno hasta la primera junta de elección.
Los cargos de la Academia son voluntarios y reelegibles.