Artículo 18. Composición del Sistema.
Artículo 18 de la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía. · BOE-A-2007-18779
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-07.
Texto consolidado
1. El Sistema andaluz de museos y colecciones museográficas estará integrado por:
a) Los museos y colecciones museográficas de titularidad de la Comunidad Autónoma.
b) Los museos de titularidad estatal gestionados por la Comunidad Autónoma.
c) Los museos y colecciones museográficas de titularidad pública o privada, que sean de interés para la Comunidad Autónoma por su singularidad o relevancia, y que se integren en el Sistema andaluz de museos y colecciones museográficas a través del correspondiente convenio con la Consejería competente en materia de museos.
2. Asimismo, forman parte del Sistema andaluz de museos y colecciones museográficas la Consejería competente en materia de museos, a la que corresponderá su dirección y coordinación, así como el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico y los órganos de carácter consultivo previstos en la legislación reguladora del patrimonio histórico de Andalucía.
3. El convenio por el que un museo o colección museográfica se integre en el Sistema andaluz de museos y colecciones museográficas tendrá una duración de al menos cinco años.