El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 18. Pluralidad de mediadores.

Artículo 18 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. · BOE-A-2012-9112

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-27.

Texto consolidado

1. La mediación será llevada a cabo por uno o varios mediadores.

2. Si por la complejidad de la materia o por la conveniencia de las partes se produjera la actuación de varios mediadores en un mismo procedimiento, éstos actuarán de forma coordinada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-07-27.

Más artículos de Ley 5/2012

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2012 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.