Artículo 18.
Artículo 18 de la Ley 5/1982, de 20 de mayo, de creación del Ente Público Radio Televisión Vasca. · BOE-A-2012-5534
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-06-03.
Texto consolidado
El cargo de Director General es incompatible con el mandato parlamentario en el Parlamento Vasco, afectándole igualmente todas las incompatibilidades establecidas para los miembros del Consejo de Administración.