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Ley Vigente

Artículo 18. La Consejería competente en materia de cooperación al desarrollo.

Artículo 18 de la Ley 4/2006, de 5 de mayo, de Cooperación al Desarrollo. · BOE-A-2006-12316

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-08.

Texto consolidado

La Consejería competente en materia de cooperación al desarrollo es la responsable de la dirección política de la cooperación al desarrollo de la Administración asturiana y de la coordinación de las actividades que, en este ámbito, realicen otros departamentos de dicha Administración, ejecutando dichas políticas a través de la Agencia Asturiana de Cooperación al Desarrollo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-08.

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