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Ley Vigente

Artículo 18.

Artículo 18 de la Ley 4/2001, de 4 de julio, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León. · BOE-A-2001-14244

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-10.

Texto consolidado

El escrito de presentación de la proposición deberá contener:

a) La relación de los miembros que constituyen la Comisión Promotora, compuesta por un miembro de cada uno de los Ayuntamientos promotores de la iniciativa, elegido a tal fin por los Plenos de los respectivos municipios, con indicación expresa del domicilio señalado para cursar las notificaciones y comunicaciones que sea preciso cursar a dicha Comisión.

b) Una certificación expedida por el Secretario de cada Corporación, acreditativa del acuerdo adoptado al efecto por mayoría absoluta de sus miembros y del texto de la proposición de Ley.

c) Certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que le sustituya, por la que se acredite el número de electores censados en cada Ayuntamiento proponente.

d) Una Memoria en la que se detallen las razones y los fundamentos que aconsejen a juicio de los proponentes, la tramitación y aprobación de la proposición de Ley.

e) El texto articulado de la proposición de Ley precedido de una exposición de motivos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-10.

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