Artículo 18. Clasificación.
Artículo 18 de la Ley 3/2007, de 4 de abril, de Pesca en Aguas Continentales. · BOE-A-2007-9330
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-18.
Texto consolidado
A los efectos de la presente Ley, y en atención a la gestión y aprovechamiento de los recursos piscícolas, las aguas continentales se clasifican en:
a) Aguas vedadas.
b) Aguas acotadas.
c) Aguas libres.