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Ley Vigente

Artículo 18.

Artículo 18 de la Ley 2/1989, de 6 de junio, de caza. · BOE-A-1989-15374

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-07.

Texto consolidado

Por el órgano competente en la materia se fijará el aprovechamiento cinegético de las masas de agua cuyas características aconsejen aplicarles un régimen cinegético especial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-07-07.

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