Artículo 18. Requisitos de la concesión.
Artículo 18 de la Ley 14/1998, de 30 de diciembre, de los Transportes Urbanos de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-1999-2943
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.
Texto consolidado
1. El pliego de condiciones de la concesión incluirá los servicios básicos y complementarios, itinerarios, paradas, régimen tarifario, número mínimo de vehículos, instalaciones y demás circunstancias que delimiten la prestación del servicio desde un punto de vista jurídico, económico, técnico y administrativo, así como la duración del contrato y los criterios objetivos que deben servir de base para la adjudicación.
2. Las empresas que concurran a la licitación podrán formular ofertas que incluyan precisiones, ampliaciones o modificaciones, siempre que no alteren las condiciones esenciales del servicio.