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Ley Vigente

Artículo 18. Incompatibilidades y declaraciones.

Artículo 18 de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2014-2383

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-05-21.

Texto consolidado

1. El personal directivo no podrá ejercer durante la vigencia de su nombramiento o contrato actividades profesionales, debiendo desempeñar su actividad con dedicación plena y exclusiva a la misma, estando sometido a los regímenes de conflictos de intereses y responsabilidades previstos en esta Ley.

2. El personal directivo estará obligado a formular las declaraciones de actividades, bienes, derechos, intereses y rentas previstas en esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-05-21.

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