Artículo 18. Incompatibilidades y declaraciones.
Artículo 18 de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2014-2383
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-05-21.
Texto consolidado
1. El personal directivo no podrá ejercer durante la vigencia de su nombramiento o contrato actividades profesionales, debiendo desempeñar su actividad con dedicación plena y exclusiva a la misma, estando sometido a los regímenes de conflictos de intereses y responsabilidades previstos en esta Ley.
2. El personal directivo estará obligado a formular las declaraciones de actividades, bienes, derechos, intereses y rentas previstas en esta Ley.